El turno 4×2 es un esquema en el que normalmente se trabajan cuatro días consecutivos y posteriormente se tienen dos días de descanso.
A diferencia de un horario tradicional de lunes a viernes, este ciclo tiene seis días, por lo que los días de trabajo y descanso van desplazándose continuamente por el calendario.
Esto es importante al calcular la nómina de un vigilante, porque durante un mismo periodo pueden aparecer turnos nocturnos, horas suplementarias, festivos y trabajo en días de descanso obligatorio.
Respuesta rápida: para calcular correctamente un turno 4×2 debes ubicar el ciclo de cuatro días de trabajo y dos de descanso sobre el calendario, registrar el horario real de cada turno y posteriormente clasificar las horas ordinarias, nocturnas y suplementarias. También debes identificar los festivos y días de descanso obligatorio trabajados.
¿Cómo funciona un turno 4×2?
El patrón básico es:
Día 1 → Trabaja
Día 2 → Trabaja
Día 3 → Trabaja
Día 4 → Trabaja
Día 5 → Descansa
Día 6 → Descansa
Después comienza nuevamente:
Día 7 → Trabaja
Día 8 → Trabaja
Día 9 → Trabaja
Día 10 → Trabaja
Día 11 → Descansa
Día 12 → Descansa
Y así sucesivamente.
Como el ciclo completo dura seis días y una semana tiene siete, el patrón se va desplazando respecto de los días de la semana.
¿Cuántos días se trabajan en un 4×2?
De cada ciclo de seis días:
4 son de trabajo
y
2 son de descanso.
Eso significa que aproximadamente dos terceras partes del ciclo corresponden a días programados de trabajo.
Sin embargo, no debemos convertir esa proporción en una cantidad fija de turnos mensuales.
Dependiendo del día en que comience el ciclo y de la duración del mes o periodo de nómina, la cantidad de turnos puede variar.
Por eso siempre debemos utilizar las fechas reales.
Ejemplo de un ciclo 4×2
Imaginemos que el ciclo comienza un lunes:
| Día | Situación |
|---|---|
| Lunes | Trabaja |
| Martes | Trabaja |
| Miércoles | Trabaja |
| Jueves | Trabaja |
| Viernes | Descansa |
| Sábado | Descansa |
| Domingo | Trabaja |
| Lunes | Trabaja |
| Martes | Trabaja |
| Miércoles | Trabaja |
| Jueves | Descansa |
| Viernes | Descansa |
Observa que ya en el segundo ciclo aparece un domingo programado como día de trabajo.
A medida que continúe el patrón, los descansos también irán cayendo en diferentes días.
Esta es una de las razones por las que el 4×2 debe calcularse utilizando un calendario y no simplemente multiplicando una cantidad de turnos.
¿El turno 4×2 es necesariamente de 12 horas?
No.
4×2 describe el patrón de trabajo y descanso, no la duración de cada jornada.
Podrías encontrar trabajadores con el mismo patrón 4×2 pero horarios diferentes.
Por ejemplo:
6:00 a. m. – 6:00 p. m.
o
6:00 p. m. – 6:00 a. m.
Por eso necesitamos conocer tanto el patrón como el horario.
¿Puede un vigilante trabajar turnos de 12 horas?
La Ley 1920 de 2018 contempla una regulación especial para los trabajadores de vigilancia y seguridad privada.
Su artículo 7 permite, mediante acuerdo escrito y firmado entre empleador y trabajador, jornadas de hasta 12 horas diarias, sin exceder 60 horas semanales incluyendo las horas suplementarias.
La regulación no significa que las doce horas se conviertan automáticamente en horas ordinarias.
La misma norma establece el marco de jornada ordinaria y suplementaria aplicable al sector.
Ejemplo de un 4×2 diurno
Supongamos:
Día 1: 6:00 a. m. – 6:00 p. m.
Día 2: 6:00 a. m. – 6:00 p. m.
Día 3: 6:00 a. m. – 6:00 p. m.
Día 4: 6:00 a. m. – 6:00 p. m.
Días 5 y 6: descanso.
Tenemos cuatro jornadas de 12 horas:
4 × 12 = 48 horas registradas
Sin embargo, obtener esas 48 horas no significa que hayamos terminado el cálculo.
Debemos determinar cuáles corresponden a jornada ordinaria y cuáles constituyen trabajo suplementario según las reglas aplicables.
Ejemplo de un 4×2 nocturno
Ahora imaginemos cuatro turnos consecutivos de:
6:00 p. m. – 6:00 a. m.
Actualmente el trabajo nocturno comprende desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., conforme a la modificación introducida por la Ley 2466 de 2025.
Por cada turno tendríamos:
| Horario | Periodo |
|---|---|
| 6:00 p. m. – 7:00 p. m. | Diurno |
| 7:00 p. m. – 6:00 a. m. | Nocturno |
Es decir, 11 de las 12 horas transcurren dentro del periodo nocturno.
En cuatro turnos habría una cantidad considerable de horas desarrolladas durante la noche, pero todavía debemos clasificarlas entre ordinarias y suplementarias.
Hora nocturna no significa automáticamente hora extra
Esta diferencia es fundamental.
Una hora puede ocurrir después de las 7:00 p. m. y continuar siendo parte de la jornada ordinaria.
En ese caso puede generar recargo nocturno ordinario.
Para que sea una hora extra nocturna, además de ocurrir dentro del periodo nocturno debe constituir trabajo suplementario.
Por eso no debemos convertir automáticamente las 11 horas nocturnas de nuestro ejemplo en 11 horas extra nocturnas.
¿Cuáles son los principales recargos?
Para entender la liquidación conviene recordar:
| Concepto | Recargo |
|---|---|
| Recargo nocturno ordinario | 35 % |
| Hora extra diurna | 25 % |
| Hora extra nocturna | 75 % |
El artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo establece estos porcentajes para el trabajo nocturno y suplementario.
Supongamos únicamente como ejemplo una hora ordinaria de:
$10.000
Entonces:
Recargo nocturno:
$10.000 × 35 % = $3.500 adicionales
Hora extra diurna:
$10.000 × 1,25 = $12.500
Hora extra nocturna:
$10.000 × 1,75 = $17.500
¿Qué pasa con la jornada de 42 horas?
La Ley 2101 de 2021 estableció la reducción gradual de la jornada máxima semanal sin disminución del salario.
Desde el 15 de julio de 2026, culminó el cronograma y la jornada máxima general llegó a 42 horas semanales.
Esto es relevante al determinar la jornada aplicable y el valor de la hora para los periodos correspondientes.
En el caso de vigilancia también debe analizarse conjuntamente la regulación especial de la Ley 1920.
¿Un ciclo 4×2 de 12 horas supera las 42 horas?
Aquí hay que tener cuidado con una conclusión demasiado rápida.
Cuatro turnos de 12 horas representan:
48 horas registradas durante seis días calendario.
Pero el cálculo laboral no consiste simplemente en comparar ese número de forma aislada con 42 y declarar que todo lo demás tiene una única clasificación.
En vigilancia existe una regulación especial sobre jornadas extendidas y trabajo suplementario.
Por eso debemos analizar cómo se distribuyen las horas ordinarias y suplementarias dentro del esquema y cuál es la regulación aplicable al trabajador.
¿Qué ocurre si trabajo un festivo?
El ciclo 4×2 sigue avanzando independientemente de los festivos.
Si un festivo coincide con uno de tus cuatro días programados de trabajo, esa fecha debe identificarse al liquidar la nómina.
Desde el 1 de julio de 2026, el recargo gradual por trabajo en día de descanso obligatorio es del 90 %.
La Ley 2466 estableció la siguiente transición:
| Fecha | Recargo |
|---|---|
| Desde 1 de julio de 2025 | 80 % |
| Desde 1 de julio de 2026 | 90 % |
| Desde 1 de julio de 2027 | 100 % |
El empleador puede acogerse anticipadamente al recargo del 100 %.
¿Qué pasa cuando trabajo un domingo?
No debemos asumir automáticamente que todo domingo tiene exactamente el mismo tratamiento en cualquier relación laboral.
La Ley 2466 permite acordar por escrito un día de descanso obligatorio distinto del domingo.
Cuando no existe una estipulación expresa, se presume que el domingo es el día de descanso obligatorio.
En un esquema rotativo 4×2 esto resulta especialmente relevante porque los días programados de descanso no permanecen siempre en sábado y domingo.
Ejemplo de 18 días de calendario
Veamos cómo se desplaza el patrón:
| Día | Estado |
|---|---|
| 1 | Trabaja |
| 2 | Trabaja |
| 3 | Trabaja |
| 4 | Trabaja |
| 5 | Descansa |
| 6 | Descansa |
| 7 | Trabaja |
| 8 | Trabaja |
| 9 | Trabaja |
| 10 | Trabaja |
| 11 | Descansa |
| 12 | Descansa |
| 13 | Trabaja |
| 14 | Trabaja |
| 15 | Trabaja |
| 16 | Trabaja |
| 17 | Descansa |
| 18 | Descansa |
En 18 días completos tenemos tres ciclos.
Eso produce:
12 días programados de trabajo
y
6 días programados de descanso.
Pero todavía no sabemos cuánto debe recibir el trabajador.
Nos faltan los horarios y las fechas concretas.
¿Por qué el 4×2 puede generar una nómina diferente cada quincena?
Porque el periodo de nómina no siempre coincide exactamente con el inicio y final de los ciclos.
Una quincena podría contener más días programados de trabajo que otra.
Además pueden cambiar:
- Festivos.
- Turnos nocturnos.
- Trabajo suplementario.
- Cambios de turno.
- Incapacidades.
- Vacaciones.
- Licencias.
- Ausencias.
Por eso no es recomendable asumir que “mi quincena siempre debería llegar exactamente igual” únicamente porque mantienes un patrón 4×2.
Cómo calcular un turno 4×2 paso a paso
Puedes seguir este procedimiento:
1. Selecciona el periodo de nómina.
Por ejemplo, del 1 al 15.
2. Identifica dónde comienza tu ciclo.
Necesitamos saber si el primer día del periodo corresponde al día 1, 2, 3 o 4 de trabajo, o a uno de los dos descansos.
3. Completa el patrón.
Marca cuatro días trabajando y dos descansando sucesivamente.
4. Registra entrada y salida.
Hazlo para cada turno realmente trabajado.
5. Separa las horas diurnas y nocturnas.
Actualmente el periodo nocturno comienza a las 7:00 p. m.
6. Identifica el trabajo suplementario.
Determina qué horas exceden la jornada ordinaria correspondiente.
7. Revisa el calendario.
Identifica festivos y el día de descanso obligatorio aplicable.
8. Añade las novedades.
Incapacidades, vacaciones, licencias, ausencias y otros conceptos también pueden modificar la liquidación.
Error común: calcular solamente 4 × 12
Es fácil pensar:
4 días × 12 horas = 48 horas
y utilizar ese resultado directamente para calcular el ciclo.
Pero esas 48 horas podrían contener distintas clasificaciones.
Por ejemplo:
- Horas ordinarias diurnas.
- Horas ordinarias nocturnas.
- Horas extra diurnas.
- Horas extra nocturnas.
- Trabajo en festivo.
- Trabajo en descanso obligatorio.
Por eso la distribución de las horas importa tanto como la cantidad.
Lleva un registro propio
Si trabajas 4×2, guarda tus horarios.
Un registro sencillo puede contener:
Fecha | Entrada | Salida | Puesto | Observaciones
También puedes anotar cambios de turno, reemplazos y jornadas adicionales.
Al recibir tu desprendible tendrás información propia para comparar con la liquidación.
¿2×2, 3×3 o 4×2?
Los tres esquemas tienen algo en común:
el nombre del turno no calcula la nómina.
El patrón simplemente nos dice cuándo trabajas y cuándo descansas.
Para conocer el valor debemos llevar ese patrón al calendario y analizar los horarios.
Por eso en Mi Nómina Hoy tenemos opciones para registrar:
2×2 · 3×3 · 4×2
y calcular los turnos utilizando fechas reales.
Calcula tu turno 4×2 en Mi Nómina Hoy
Puedes ingresar a la calculadora de Vigilantes, seleccionar tu periodo y registrar los turnos realmente realizados.
Mi Nómina Hoy separa los diferentes conceptos de acuerdo con las fechas y horarios ingresados para darte una estimación detallada de tu nómina.
Así puedes compararla posteriormente con tu desprendible de pago.
Fuentes oficiales
Esta guía toma como referencia la Ley 1920 de 2018, que establece disposiciones específicas para trabajadores de vigilancia y seguridad privada; la Ley 2101 de 2021, sobre reducción de la jornada laboral; la Ley 2466 de 2025, sobre modificaciones laborales como el horario nocturno y trabajo en días de descanso obligatorio; y las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo sobre trabajo nocturno y suplementario.
Última revisión: octubre de 2026.
Este contenido tiene fines informativos y educativos. Los resultados y explicaciones pueden variar según las condiciones particulares de cada trabajador, contrato y los cambios normativos aplicables.